El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sigue perfilando el alcance del deber del juez español de examinar de oficio las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, garantizando así la protección de los derechos de estos frente a prácticas contractuales desequilibradas.
En 2024, el TJUE ha dictado varias sentencias relevantes que aclaran cómo y cuándo debe realizarse este control, así como las consecuencias en los procedimientos judiciales y de ejecución.
1️⃣ La sentencia de 29 de febrero de 2024 (Investcapital, C-724/22)
Esta resolución aborda si un juez que tramita un procedimiento de ejecución puede volver a examinar de oficio la abusividad de cláusulas contractuales cuando ya ha existido un control previo en el proceso monitorio. El TJUE concluye que:
El control previo realizado en el monitorio es suficiente si cumple dos requisitos esenciales:
1️⃣ Que el consumidor haya sido informado adecuadamente de ese control y sus consecuencias, y
2️⃣ Que la resolución judicial esté suficientemente motivada, identificando claramente las cláusulas analizadas y las razones por las que no fueron consideradas abusivas.
Si no se cumplen estos requisitos, el juez del procedimiento de ejecución sí deberá realizar un nuevo control de oficio.
Además, esta doctrina ha motivado una reciente reforma en la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto-ley 6/2023), que refuerza este control tanto en ejecuciones de títulos extrajudiciales como en procedimientos monitorios, exigiendo pronunciamientos explícitos sobre la abusividad y dotándolos de eficacia de cosa juzgada.
2️⃣ La sentencia de 11 de abril de 2024 (Air Europa, C-173/23)
El TJUE aclara que cuando un litigio se plantea entre profesionales, el juez no está obligado a examinar de oficio las cláusulas abusivas, salvo que exista la posibilidad de que alguna de las partes invoque dicha abusividad o que el derecho nacional imponga ese control al afectar a normas de orden público.
En el contexto español, podría ser exigible el control de oficio porque las cláusulas abusivas afectan a derechos irrenunciables de los consumidores, que están protegidos por el orden público.
3️⃣ La sentencia de 9 de abril de 2024 (Profi Credit Polska, C-582/21)
Por último, el TJUE ha resuelto que un consumidor no puede utilizar la vía de revisión extraordinaria de sentencias firmes para cuestionar una resolución judicial amparada en una interpretación legal que después haya sido declarada incompatible con el Derecho de la Unión. Sin embargo, el consumidor sí podrá invocar la abusividad de cláusulas contractuales en la fase de ejecución de esa sentencia firme dictada en rebeldía o en procedimientos posteriores distintos.
Conclusión: claves para consumidores y profesionales
Estos pronunciamientos refuerzan la importancia de que los jueces españoles ejerzan un control efectivo y motivado sobre las cláusulas abusivas, especialmente en procedimientos monitorios y de ejecución, y adaptan nuestro sistema procesal a las exigencias europeas.
En CJC Legal ayudamos a consumidores y empresas a comprender el impacto de esta jurisprudencia y protegemos sus derechos frente a cláusulas abusivas en sus contratos. Si tienes dudas sobre si en tu contrato existen cláusulas abusivas o necesitas asistencia en procedimientos monitorios o de ejecución, estamos a tu disposición.